Nuestros socio Ignacio Rodríguez de la Riva , ofrece su opinión como experto en el artículo publicado en el medio de comunicación El Español sobre las multas impuestas con la supresión de Madrid Central y el nuevo plan alternativo «Madrid 360º».
El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso de casación de Ecologistas en Acción contra la sentencia que, a instancias del Partido Popular, anulaba la medida estrella de Manuela Carmena en su etapa como alcaldesa. Dos meses es el tiempo que tiene el alcalde José Luis Martínez-Almeida para aprobar el nuevo plan de la capital para mejorar la calidad del aire y cumplir con los límites de emisiones que impone la Comisión Europea.
Almeida, opina que las multas «se sigan tramitando» hasta que el consistorio apruebe Madrid 360. De la Riva, asegura que las multas que ya hayan sido cobradas, no podrán recurrirse debido a que «se hicieron conforme a una norma vigente» y «mientras esa norma era vigente, las multas eran legales». Sólo aquellas que no hayan sido ejecutadas completamente (impuestas, pero no cobradas) podrán ser recurridas.
Es decir, aquel que tenga una sanción administrativa firme de Madrid Central no va a poder hacer nada, ni siquiera por la vía de la revisión de oficio». Esas multas son «irrecurribles», explica nuestro socio.
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